España se abre al mundo y acabará con el vacío legal en cuanto a las empresas de juego y apuestas en Internet, hasta ahora todas en paraísos fiscales, lo que hacía que no cobremos impuestos en España. En breve estará constituida la Comisión Nacional del Juego (CNJ) que surge a la sombra de la nueva Ley de Regulación del Juego, y cuya competencias y funciones son ejercidas por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) del Ministerio de Economía y Hacienda, que están desarrollando los borradores de los reglamentos y de las órdenes ministeriales para el desarrollo de estas actividades.
Entre los frentes abierto por estos nuevos organismo de regulación de Juego podríamos destacar estos:
- Cómo obtener las licencias de juego
Los documentos de trabajo al efecto están ya en las Administraciones Autonómicas para su análisis (cosa que no entiendo, sería mejor centralizarlo todo en Madrid), y según parece entre los criterios se mirarán cosas como la naturaleza jurídica y económica de los solicitantes, la seguridad y fiabilidad del software para las operaciones y transacciones. Y por supuesto una especial atención a la protección de menores, las políticas de juego responsable, la lucha contra el fraude y el blanqueo de capitales. No existe un mínimo de licencias a conceder y dependerá de todas las empresas capaces de cumplir los requisitos impuestos. - Criterios de carácter jurídico y económicos
Debe ser una sociedad anónima o asimilada con domicilio social en algún país miembro del Espacio Económico Europeo (EEE). Su objeto sociales único será la organización, comercialización y el desarrollo de los juegos. Y por puestos siempre al corriente de pago de todas las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
El capital de constitución podrá ser el mínimo de 60.000 euros para las S.A. Pero para la concesión de las licencias generales se necesitarán garantías de 1,2 millones de euros como mínimo. Aunque los importes pueden variar según los volúmenes de facturación. Las garantías podrán ser mediante avales de entidades de crédito o similares, y ejecutables en España. Además se hace especial referencia al tema del cumplimiento de los protocolos contra el blanqueo de capitales. - Plazos para otorgar licencias de juego
Se deben solicitar antes del 1 de enero de 2012 para cumplir lo dispuesto en la ley. Y la convocatoria del procedimiento debería estar publicada en el mes de noviembre 2011. Si estás interesando no te despistes de esta primera convocatoria para pedir licencias de juego. - Duración de las licencias de juego
Parece que cada licencia tendría una duración mínima de 10 años según la normativa Básica de Regulación de los Juegos. - Requisitos para renovar y prorrogar la licencia de juego
La estipuladas por los organismos competententes (DGOJ) y siempre que se sigan cumpliendo los requisitos de concesión. Además de la revisión de las garantías que para el primer año sería una cantidad fija, reduciendo para siguientes años, añadiendo entonces un porcentaje de los ingresos obtenidos el año anterior. Los porcentajes oscilarán entre el 1,5 y 2,5 por cierto de los ingresos brutos del operador y para licencias adicionales entre el 4 y el 9 por cierto de los ingresos netos del operador, es decir, los ingresos brutos descontando los premios pagados a participantes. - La nuevas máquinas tragaperras. Instalación de terminales
Se prevé la posibilidad de que todos los juegos se permita la instalación de terminales físicos siempre que se cuente con autorización. Aunque en el caso de juegos como póquer, black jack, ruleta, … sólo se podrán instalar en Casinos autorizados. O en el caso de Bingos solo en locales a tal efecto.
Esto es un pequeño resumen pronto existirá más información disponible en la red y espero poder enlazarla aquí. Este artículo nace la base del publicado en el El economista, y que es más completo. Accede también al texto completo de la Ley en la web del congreso.
imagen: flickr