Con la actual crisis, y tras la reforma laboral,las empresas ven aumentadas las posibilidades de utilizar el contrato de prácticas.¿Cuánto podemos ahorrarnos con estas contrataciones y que requisitos debemos cumplir?
Lógicamente, la principal ventaja de este contrato está en el SALARIO. Los convenios colectivos suelen determinar una retribución inferior a la fijada con carácter general para puestos de la misma categoría, y el empresario consigue su «ahorro en costes» y el trabajador recien titulado su «primera oportunidad laboral». Salvo que el convenio diga algo en contra, la retribución de estos contratos será un 60% del sueldo durante el PRIMER año y de un 75% durante el SEGUNDO, siempre que los importes no queden por debajo del Salario Minimo Interprofesional. Si para un puesto cualquiera, el convenio dice que le corresponde un salario bruto mensual de 1300 euros por su categoria, si lo hacemos via Contrato en Prácticas, el importe seria un 60% de 1300euros,es decir, 780 euros. Gran ahorro para el empresario y una forma de fomentar nuevas contrataciones.
Por tanto, si pensamos ampliar nuestra plantilla, solo nos queda ver y cumplir los requisitos que tenemos para concertar un contrato en prácticas:-El empleado debe poseer un título universitario o de formacion profesional de grado medio o superior,o un certificado de profesionalidad (novedad de la nueva Ley). Estas titulaciones se han debido obtener como máximo dentro de los CINCO años anteriores a la fecha de formalización del contrato y la duración del contrato en prácticas no podrá ser superior a los DOS años.
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