Actualización a Enero 2015: Quería volver a republicar este artículo en la portada de Carrero.es porque creo que es realmente interesante. Recordar que entre atentados y «límites» a nuestras libertades hay sitios donde realizar fotos no está permitido o necesita la correspondiente autorización. El artículo se publico el 16 de septiembre de 2010 y desde entonces hay posibles cambios pero no los tengo claros.
Si bien el cambio más significativo sería la posible aprobación de la «Ley Mordaza» o Ley de Seguridad Ciudadana que básicamente quiere restringir nuestras libertades con barbaridades como la prohibición del uso de imágenes o datos personales de los miembros de las Fuerzas de Seguridad así como la de autoridades siempre que estas puedan poner «en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental de la información». Pero claro que entendemos por poner el peligro,… viva la ambigüedad.
Un interesante artículo en fotografía perfecta donde nos cuentan las respuestas a esas dudas que tenemos cuando tiramos una fotografía en algún lugar donde pensamos si es legal o no hacerlo. En este texto nos explican con mucha claridad que si es posible hacer fotografías en aviones, aeropuertos, agentes de la autoridad, centros comerciales, lugares públicos, … y hemos añadido al final algunas matizaciones aparecidas en los comentarios hablando del nuevo Programa de Seguridad Nacional aprobado el 1 de octubre de 2009 y donde se puntualizan cosas que ya no es posible hacer. Por ejemplo ya no es posible realizar fotografías dentro de los aeropuertos sino es con autorización expresa, así que ten cuidado.
Aquí tenéis el manual de donde puedes hacer fotografías que no puedo modificar para respetar la licencia de su autor, aunque por precaución he añadido una nota personal en las partes del aeropuerto, espero que el autor lo entienda:
1.- ¿Pueden las fuerzas del orden hacernos borrar las imágenes de nuestra tarjeta de memoria o velar el carrete?
NO. Bajo ningún concepto. El único que puede ordenar la destrucción de la propiedad decomisada es un juez. Y para eso antes tiene que ser decomisada y por tanto constar en un informe y existir una denuncia.
La tarjeta de memoria es propiedad privada así como lo es un carrete. El contenido de la tarjeta de memoria y las fotos de un carrete, además de ser de propiedad privada, están sujetas a la ley de propiedad intelectual.