Mañana entra en vigor los cambios en la normativa para dominios .es aprobada el pasado 2 de Enero, con ello parecen modernizarse o más que modernizarse ponerse un poco al día y en algunos casos excederse con los cambios, desde mi punto de vista.
Los cambios más significativos, los cuales ya hace tiempo que hacían falta son:
– Las transferencias de dominio se aceptarán desde el correo electrónico y no desde el panel de Nic, ganando en agilidad y unificando conceptos con otras extensiones de dominio.
– Hasta ahora para renovar un dominio .es debíamos esperar a los últimos 15 días antes de su expiración, ahora ya se libera dicha atadura, pudiendo renovar en cualquier momento, gran noticia para los usuarios y los agentes registradores.
– Se amplía la periodicidad permitida para la renovación hasta los 10 años, si tienes un dominio premium o al menos premium para tí podrás dejarlo renovado por unos añitos.
A parte de estos cambios necesarios, se han abordado otros como lo que llaman altas inmediatas, es decir al solicitar un dominio .es automáticamente aparecerá pendiente de activación en el whois, por lo que se conseguirá una referencia más real de su estado.
Para mí, la única medida con la que discrepo, por parecerme excesiva será el periodo de 10 días para liberar un dominio .es desde su expiración, según leo una vez llegada la fecha de caducidad se desactivará el dominio durante 5 días, si el usuario no realiza el pago y han pasado 10 días el dominio quedará libre. Cierto es que se podrán renovar los dominios en cualquier momento, sin necesidad de esperar, pero también es cierto que un despiste lo tiene cualquiera y el margen de maniobra de 10 días se me antoja corto.
En este sistema echo de menos la figura del Redemtion Period, que aunque se asocia a multa por despiste, tiene su función. En resumen, avanzamos 3 pasitos adelante y un pasito atrás.
Leer instrucción aprobada el 2 de Enero de 2010 por el director de Nic.