Tal y como se cita en nic.es, como propietarios de un dominio «.es» tenemos derecho a su utilización, y por lo tanto también tenemos derecho a su transmisión si cumplimos la normativa, y por qué no, a venderlo o quizás alquilarlo con un contrato privado.
Existen dos modalidades de transferencia o transmisión de dominios «.es», la transmisión ordinaria, en los que se realiza una transmisión voluntaria o una cesión de marca o nombre comercial, y la transmisión especial, en los casos de una sucesión por fallecimiento o compra-venta de empresas.