Quieres perder tu dominio, haz un registro privado

Whois privado de dominios

«Si quieres perder tu dominio haz un registro privado», y es que la última moda para .com y .net es la posibilidad de que la propiedad sea otra empresa, que hace de puente y mantiene la privacidad de tu datos en el whois.

Quizá lo que muchos anhelamos en los registros de dominios, un whois más restrictivo y que no dé tanta información nuestra de manera pública, casi sin control; incluso nuestros correos para nuestros «queridos» spammers.

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sareb.es la primera expropiación de dominio .es por interés general

sarebEl pasado 19 de noviembre de 2012 publiqué una entrada que hablaba de la expropiación de dominios .es por el interés general, una terminología realmente ambigua para imponer la libre disposición de los .es por parte de Red.es.

El día de inicio de las expropiaciones ha llegado y como ya adelante no se donde queremos llegar, pero la intranquilidad que genera este tipo de disposiciones es la suficiente como para dejar de usar los dominios .es para nuestros proyectos y centrarnos en el uso de otras extensiones más genéricas como puede ser un .com.

Sin lugar a dudas este será el comienzo de las expropiaciones, y nadie está libre de ellas, porque cual es el concepto interés general. Cualquier cosa que el gobierno quiera o que Red.es quiera puede ser de interés general, privando de dominio, del trabajo realizado con el mismo cuando sea el caso y sobre todo de la libertad que se supone tenemos para usar un dominio cuando esta libre y lo registramos.

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Expropiando dominios .es por el interés general. ¿A dónde queremos llegar?

Resulta curioso como el mismo día de la huelga, un día en el que puede pasar desapercibido para muchos, entró en vigor una nueva instrucción del Director de la Entidad Pública Empresarial Red.es que de forma sorprendente estable la posibilidad de reasignación de dominios por interés general (nota de prensa). Muchos a esto seguro que lo llamaríamos más bien expropiación. El caso es que a través de esta instrucción el Director de la Entidad Pública Empresarial en caso de interés general podrá cancelar el registro de un dominio de un legítimo titular para ser reasignado, en casos de interés legítimo, a los titulares correspondientes.

Ahora después de esto solo me cabe pensar que para que servían entonces los arbitrajes de marcas con el WIPO y también los procedimiento extrajudiciales de resolución, por el que si un legítimo propietario de una marca no tenía su dominio podía y puede reclamar en base a fundamentos lógicos, y siempre con el correspondiente mediador. Y aunque como se cita en Iurismatica es posible que se piense en casos muy sangrantes, pero ahora teniendo siempre la espada de Damocles encima de cualquier proyecto con dominios .es que en un momento dado alguien pueda considerarlo de «interés general» y con el riesgo de una indemnización por el precio del dominio, es posible que los dominios .es dejen de ser atractivos para desarrollar proyectos de verdad. Y es que todo poder lleva una responsabilidad y esta instrucción dota de demasiado poder a la Entidad y produce una grave sensación de inseguridad a los usuarios del .es.

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Poniendo puertas al registro de dominios en Europa

El título de esta entrada quizás os pueda despistar un poco pero os pongo rápidamente en antecedentes. Cada país de Europa (y del mundo) tiene su propio registrador y resulta curioso como los registradores de Holanda (.nl), Francia (.fr) y ahora también Alemania (.de) exigen que el contacto administrativo o propietario sea una dirección verificable en su país, algo que no tiene sentido en una comunidad económica y de libre circulación como la que tenemos. ¿Por qué tengo que tener una casa en Holanda, Francia o Alemania para registrar dominio allí?

La sorpresa y el mosqueo viene porque tenemos dominios registrados en Alemania desde hace tiempo, como formacion.de, tiendas.de, … y ahora al querer moverlos de registrador para ahorrarnos unos euros nos encontramos con la sorpresa que hace unos días cambió la normativa en denic y dice textualmente en inglés:

In order to register a .DE domain name, either the Registrant (Owner) or the Administrative Contact must be based in Germany with a verifiable German address.

Desde luego esto es ponerlo fácil a quien quiera registrar un dominio fuera de Alemania con su extensión .de, ahora me pregunto porque no hacemos lo mismo en España desde ya.

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